Civil
Civil
1. Demanda por incumplimiento de contratos de alquiler
Descipción del Servicio:
Demanda que se realiza para solicitar el desahucio de las personas arrendatarias por incumplimiento a contratos verbales o no verbales ya sea falta de pago u otras obligaciones derivadas del contrato.
Puede realizarse una demanda cuando exista un documento probatorio (se conoce bajo el nombre de monitorio arrendaticio) o también cuando no exista un documento (se conoce bajo el nombre de demanda por desahucio).
Oficina que atiende:
- Juzgado Civil
2. Demanda de reajuste de precios de alquileres
3. Demanda por diversas controversias en condominios
4. Demanda de intervención en situaciones de insolvencia financiera
5. Demanda por incumplimiento de una obligación de pago (deuda) cuando no existe documentación que respalde al acreedor
6. Demanda para la protección de la posesión temporal de un bien mueble o inmueble
7. Demanda para la suspensión de una obra en proceso (edificaciones)
8. Demanda para el derribo de edificios, árboles u otros
9. Demanda por jactancia (atribución de un derecho que no corresponde y que afecta a terceras personas)
10. Demanda por daños y perjuicios**
11. Demanda por competencia desleal
12. Demanda por incumplimiento de derechos del consumidor**
13. Demanda por diversas controversias o conflictos en sociedades (personas jurídicas)**
14. Demanda para disolución de personas jurídicas (sociedades anónimas u otros)**
15. Demanda por otros asuntos concernientes a la materia civil
* Las ejecuciones de materia civil deberán presentarse en Juzgado Civil (cuando se emite la sentencia por un Juzgado Civil) o en el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil (cuando se emite la sentencia en este mismo despacho).
* Son ordinarios que suelen solicitarse con frecuencia, pero no son exhaustivos pues en la normativa el proceso ordinario es abierto, pueden ser tramitados en juzgados o tribunales colegiados, cuando son de mayor cuantía se deberán solicitar en los Tribunales Colegiados en artículo 101 del Código Procesal Civil.