Tránsito
Tránsito
1. Denuncia por accidentes de Tránsito
Descripción del servicio:
Esta se materializa mediante la emisión de la boleta por un oficial de tránsito cuando ocurre un accidente ya sea una colisión, un vuelco o un atropello, una vez realizada esta boleta se inicia el proceso para resolver por parte del juzgado de tránsito y emitir una sentencia donde se determine la responsabilidad, o no, de la persona o las personas involucradas en el accidente.
Además, en caso de que no se presentara el oficial de tránsito para emitir la boleta o alguna de las partes involucradas se retiraradel lugar, es posible que la persona que sufre el accidente podrá acudir ante el juzgado civil de la jurisdicción correspondiente, para deducir su pretensión en contra del propietario responsable (según artículo 168 de la Ley de Tránsito).
Oficina que atiende:
Juzgado de Tránsito
* Las solicitudes de ejecución en materia de tránsito deberán ejecutarse en el Juzgado Civil correspondiente.
* En caso de lesiones, el proceso se realiza en el Juzgado Penal correspondiente.