Violencia Doméstica
Violencia doméstica
1. Denuncia por violencia doméstica
Descipción del Servicio:
Al interponer esta denuncia la persona juzgadora valorará la pertinencia de otorgar o rechazar medidas de protección para la víctima.
Las medidas pueden ser típicas (previstas en la Ley contra la Violencia Doméstica) o atípicas cuando son creadas para situaciones particulares y concretas.
Ejemplos de las medidas típicas más solicitadas:
-
Salida del hogar.
-
Prohibición de acercarse al domicilio, lugar de trabajo o estudio a una distancia determinada.
-
Prohibición de ofender, hostigar, seguir, hacer daño, entre otros.
-
Orden de protección y auxilio policial.
-
Si el caso es de alto riesgo de letalidad, se puede ordenar incluso, un monitoreo policial.
Ejemplos de las medidas atípicas más comúnmente otorgadas:
-
Prohibición de ingerir licor dentro de la vivienda.
-
Prohibición de llegar al domicilio bajo los efectos del licor.
Oficina que atiende:
Juzgado de Violencia Doméstica u otros según corresponda
* En caso de incumplimientos de las medidas de protección dictadas, se deberá reportar ante el Ministerio Público y no ante el Juzgado de Violencia Doméstica.
* En Violencia Doméstica no aplicarán procesos de Resolución Alterna de Conflictos (RAC), entiéndase procesos arbitrales, conciliaciones, transacciones u otros de esta naturaleza.